Asistentes Sociales: Ayúdennos en La Pampa a garantizar los derechos de los niños

Santa Rosa 28 de abril de 2010


Sra. Presidente del Consejo Profesional
De Asistentes Sociales de La Pampa
Lic. Gloria LUONI de PEREZ SAMPALLO
S_________/_________D


Tengo el agrado de dirigirme a Ud., y por su intermedio a los demás miembros de la Comisión Directiva del Colegio de Asistentes Sociales, motivado por la misiva recepcionada el 19 del corriente y con la cual pretende responder la solicitud que ingresé al Colegio con fecha 16 de marzo.-

Partiendo de un acentuado compromiso cívico y social impulsamos proyectos, denuncias e investigaciones en pos de un mejor manejo de la problemática relacionada con la minoridad en nuestra ciudad y en nuestra provincia. Por tal motivo, creemos corresponde que todos los actores sociales –donde los incluyo- deben sumar propuestas y conocimientos para paliar los problemas por todos conocidos y que de tan viejos ya parecen inevitables.-

Siendo la creación de la digna institución que Ud. preside relativamente nueva esperábamos una respuesta superadora y -porque no- innovadora, que defienda a los asistentes sociales que se comprometen día a día con su labor encontrándose con muchos escollos que intentamos superar.

Quizá el error fue nuestro y la primera petición fue poco comprensible, por ello, y a fin de dejar aclarada la motivación del oportuno requerimiento, le informo que el mismo estuvo fundado en la real expectativa que el Consejo que Ud. preside realizaría un acabado y comprometido ejercicio de la potestad que detenta como órgano técnico colaborador y consultivo del Estado Provincial y Municipal. Potestad otorgada por la Ley 1269 en su art. 3º quinto párrafo y que resultaría de gran ayuda en el estudio de los problemas relacionados con el Servicio Social al poner en manos de los Asistentes Sociales las herramientas jurídicas y jerárquicas necesarias para un correcto accionar.-

Estudiando la problemática, observamos como los asistentes sociales son los profesionales más cercanos a los menores y quienes pueden tener un mayor y acabado conocimiento de estos, por ello, creemos necesario que deben estar representados por su Colegio al momento de crearse o modificarse la legislación que los determina, por tal motivo –y no otro- se requirió la opinión de vuestra Institución, calificada académicamente para brindar el asesoramiento en la materia no compartiendo la afirmación de su respuesta en el sentido de que la legislación actual es la que mejor se adecua al accionar social.


Necesitamos saber ya cual debería ser el proceso de selección “familias sustitutas y/o de contención”; si estas Familias deberían recibir algún tipo de capacitación; y cual debería ser la modalidad del seguimiento a realizarle para resguardar el derecho de los niños, no para poner en tela de juicio el actual accionar de los asistentes sociales que trabajan en el ámbito del Ministerio de Bienestar Social, sino para darles a estos las herramientas legislativas que les permitan exigir capacitación, presupuesto y disponibilidad horaria suficiente para realizar sus tareas y no se encuentren ante una legislación que solo los limita o ante órdenes contrarias a los lineamientos que deben respetarse en la materia.-

Para ser más gráficos, si logramos que una ley o resolución diga que las familias sustitutas deben ser visitadas por un asistentes social al menos una vez cada quince días, el funcionario de turno no va a poder negarse a que la asistente social realice las mismas escudándose en el presupuesto o cualquier otra excusa y esto mejorarías las condiciones laborales de las colegiadas de su institución.-

Tal como Uds. refieren en su respuesta, los menores revisten el carácter de sujetos de derecho. La gravedad del problema en materia de minoridad y en particular en nuestra Provincia, es la cuasi permanente negación de esa cualidad por parte de actores gubernamentales e institucionales abocados a la temática.

Conocemos el derecho positivo en la materia y los derechos que éste reconoce a los niños, ayúdennos a que en la provincia de La Pampa no sigan siendo meras declamaciones y se traduzcan en un efectivo goce por parte aquellos para quienes fueron reconocidos.

Por último resultaría positivo hacernos saber avances alcanzados en los tres ejes que se trataron con el Ministerio de Bienestar Social (Supervisión, Capacitación y formación de una Comisión Mixta) a efectos de poder colaborar con las herramientas legislativas necesarias desde el Municipio local.


Sin otro particular saludo a Ud. atte.,


Ing. Agr. Leandro Martín Altolaguirre
Concejal Municipal, ciudad de Santa Rosa
Presidente de la Asociación Alihuen

Proponen crear la Subdirección de Familia, Niñez y Adolescencia en Santa Rosa

Santa Rosa, Abril de 2010

El Concejal Leandro Altolaguirre acompañado por sus pares de Bancada Sara Alonso, Marcos Cuelle y Alicia Iribarren presentaron el siguiente

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Escultura de Henry Moore con el título Familia. Barclay School, Stevenage, Hertfordshire, Gran Bretaña.

El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a los efectos de proponerle crear en el ámbito de la Dirección de Acción Social, la “Subdirección de Familia, Niñez y Adolescencia”; teniendo a su cargo la atención familiar integral y el desarrollo de espacios de inclusión para niños, niñas y adolescentes en situación de pobreza, para grupos vulnerables con necesidades específicas, personas de la tercera edad y personas o parejas que deseen adoptar, personas éstas a las que deberá brindarle un apoyo profesional (psicológico, jurídico,etc.) permanente; deberá también promover el desarrollo infantil temprano por medio de la articulación de acciones de promoción social, prevención sanitaria y estimulación social, como estrategia para favorecer un adecuado desempeño escolar futuro y prevenir la exclusión de las personas de sus ámbitos familiares y comunitarios.-

FUNDAMENTOS:
La presente iniciativa tiene como finalidad proponer al titular del Departamento Ejecutivo Municipal de esta ciudad que cree -mediante modificación del artículo 1º de la Res. N° 299.-26-III-09- en el ámbito de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Santa Rosa, la “Subdirección de Familia, Niñez y Adolescencia”, que estaría encargada de abordar la problemática de niños, niñas y adolescentes en situación de pobreza, de grupos vulnerables con necesidades específicas, de personas de la tercera edad y de personas o parejas que deseen Adoptar.-
Desgraciadamente, estamos en condiciones de afirmar, sin temor a equivocarnos, que la “familia”, se ha ido desintegrando y hoy necesita de un Estado activo e interventor, que se interese en su conservación y en la adaptación de sus integrantes a las nuevas normas sociales de convivencia, ello así, porque del presente de los núcleos familiares problemáticos son responsables las acciones colectivas –conscientes o no- de la sociedad toda que debe asistirlos mediante la institución que más y mejor la representa: el Municipio.-
Sabedores que la creación propuesta demandará su partida presupuestaria, sugerimos se evalúe la posibilidad de fusión de otras subdirecciones en el orden municipal para producir la vacante presupuestaria necesaria y así abordar esta problemática tan importante para la sociedad santarroseña que no escapa a la realidad del país y, por lo tanto, necesita un Municipio que se preocupe de los problemas familiares en general y de los de sus integrantes en particular.-
Con esta subdirección se le permitiría al Secretario de Gobierno y Acción Social cumplir más acabadamente con su función de asistir al Intendente en todo lo inherente a la salud, protección a la familia, a las personas con discapacidad, la mujer, ancianidad y la minoridad, tal cual lo determina el apartado B) del artículo 1º de la Res. N°299.- 26-III-09 que pone en su competencia toda manifestación comunitarias que requiera el esfuerzo, la asistencia y protección del municipio.
Propendemos con la creación de esta Subdirección a un accionar municipal orientado a la atención familiar integral para que de esta manera se pueda promover y fortalecer a la familia (apartado B.2 de la norma citada).- Además con la creación de esta subdirección se estaría incorporando la temática de la Adopción a la Municipalidad y con ello se cumpliría con el precepto de rango Constitucional que “Todo niño tiene derecho a tener una familia”, tal cual se propuso mediante Comunicación APROBADA por UNANIMIDAD en el Concejo Deliberante el día 15/04/2010.

¿Como determinar si una familia está en condiciones de ser familia sustituta y/o de contención?

Respuesta del Consejo Profesional de Asistentes Sociales de La Pampa

Resumen a mostrar


Santa Rosa 16/03/10
Sra. Presidente del Consejo Directivo del
Consejo Profesional de Asistentes Sociales de La Pampa
Gloria Luoni de Pérez Sampallo
S_________ /_________D:
Dirijo a Ud. la presente en mi carácter de concejal de la Ciudad de Santa Rosa y miembro de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario del Concejo Deliberante y Presidente de la Asociación Alihuen, a los efectos de requerirle, tenga a bien, comunicar por este medio cuál es el correcto tratamiento y/o accionar completo que debería realizar una asistente social para determinar si una familia está en condiciones de ser “familia sustituta y/o de contención” en el ámbito de la aplicación de la Ley 1270, Régimen de Protección a La Minoridad y Creación del Fuero de La Familia y El Menor en El Poder Judicial, Decreto Reglamentario Nº370/95 de la Policía Tutelar del Menor.-
La actual modalidad implementada por el Ministerio de Bienestar Social al momento de elegir y controlar las “Familias Sustitutas y/o de Contención” tiene serias falencias que intentamos paliar desde propuestas legislativas superadoras que debemos entre todos elaborar y nadie mejor que el Consejo a su cargo para emitir una opinión calificada en lo que respecta a la intervención que se les da a los matriculados (visitas, entrevistas, seguimiento, evaluación , etc.).
Por otro lado, conociendo que en octubre del año 2009 mantuvieron una reunión con el actual responsable de ese Ministerio de Bienestar Social, le solicito comunique los avances alcanzados en los tres ejes que se trataron (Supervisión, Capacitación y formación de una Comisión Mixta).
A efectos de decepcionar la información solicitada, constituyo domicilio en calle Hilario Lagos Nº 520 de esta ciudad de Santa Rosa y me pongo a su disposición en el Celular número 02954-15669627.-Sin otro particular saludo a Ud. atentamente.
_______________________________
Asociación ALIHUEN, Objetivo social: … Art. 2º, e) difundir, promover y proteger los derechos humanos en general, y en particular los derechos de los niños, niñas y adolescentes reconocidos en la Constitución Nacional, Tratados Internacionales y Leyes Nacionales y/o Provinciales;
Ing. Leandro Martín Altolaguirre
Concejal Municipal
Presidente de Alihuen.

Análisis diarios de la Calidad de Agua Potable distribuida por la Municipalidad

APROBADO
Hoy 15/04/10 en la Sesión del Concejo Deliberante de Santa Rosa se aprobó la Ordenanza por la cual el Departamento Ejecutivo será el responsable de elaborar, publicar y diseminar el informe mensual sobre la calidad de agua potable distribuida por la Municipalidad de Santa Rosa.
Vale recordar que esta iniciativa es de autoría del Concejal Leandro Altolaguirre y fue presentada el 20 de octubre de 2009.


Entre los fundamentos que motivaron dicha Ordenanza esta que el municipio debe garantizar la transparencia del servicio de agua potable, asegurando el libre acceso a la información pública –Ordenanza N° 3860- en las distintas etapas del mismo (extracción, tratamiento, transporte, almacenaje, distribución). Dentro de estas garantías del acceso a la información se debe entender que existe una tácita obligación de diseminar proactivamente esa información. Para este objetivo es una importante vía el portal digital de la municipalidad, así como los boletines y comunicaciones especiales, entre otros medios.


En esta línea la Cámara de Diputados de La Pampa aprobó la Resolución Nº 59/99, mediante la que se solicitó al Poder Ejecutivo Provincial recomiende a los Municipios y Cooperativas que en la facturación del servicio de agua potable acompañen análisis de componentes físicos químicos y biológicos del agua provista para consumo humano, correspondiente a cada periodo.
El acceso a la presente información está garantizado por el artículo 19 de la Convención Universal de Derechos Humanos, el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, incorporados a la Constitución Nacional a través del artículo 75 inciso 22, el artículo 200 del Código Penal, el artículo 18 de la Constitución Provincial y la Ley Nacional General del Ambiente Nº 25675.
El Código Alimentario Argentino (CAA) es un reglamento técnico en permanente actualización que establece las normas higiénico-sanitarias, bromatológicas, de calidad y genuinidad que deben cumplir las personas físicas o jurídicas, los establecimientos y los productos que caen en su órbita. Esta normativa tiene como objetivo primordial la protección de la salud de la población.
En el Artículo Nº 982 el CAA define "Agua potable de suministro público" y "Agua potable de uso domiciliario", a la que es apta para la alimentación y uso doméstico. Esta no deberá contener substancias o cuerpos extraños de origen biológico, orgánico, inorgánico o radiactivo en tenores tales que la hagan peligrosa para la salud.
Deberá presentar sabor agradable y ser prácticamente incolora, inodora, límpida y transparente. El agua potable de uso domiciliario es el agua proveniente de un suministro público, de un pozo o de otra fuente, ubicada en los reservorios o depósitos domiciliarios.

Proyecto de ORDENANZA

Artículo N° 1: El Departamento Ejecutivo será el responsable de elaborar, publicar y diseminar el informe mensual sobre la calidad de agua potable distribuida por la Municipalidad de Santa Rosa.

Artículo N° 2: La Secretaria de Obras y Servicios Públicos será la responsable de elaborar y elevar el informe mensual de calidad de agua potable a la Dirección de Informática para su correspondiente publicación en el portal web de la Municipalidad de Santa Rosa y a la Dirección de Prensa y Comunicación Institucional para su diseminación.-

Artículo N° 3: El informe deberá contener como mínimo: Análisis diarios de los principales parámetros de calidad físico, químico y biológico del agua suministrada para consumo humano, incluyendo los valores de flúor y arsénico, provenientes de los distintos centros de abastecimientos de AGUA de la ciudad y en las puntas de red. Estos datos tendrán como valores de referencia los contemplados en el Código Alimentario Argentino.-

Artículo N° 4. Establécese a partir de los treinta (30) días de la fecha de promulgación de la presente, la publicación y diseminación del informe mensual de la calidad de agua potable distribuida por la Municipalidad de Santa Rosa.
Artículo N° 5: De forma.-

Denuncia telefónicamente la poda y extracción de árboles en Santa Rosa

Esta Prohibido podar y extraer árboles en Santa Rosa.
Cuando vea que se está podando o extrayendo un árbol en la vía pública haga la denuncia telefónica al 02954 - 435555

DENUNCIA al
Municipalidad de Santa Rosa

Adopción: Piden al Departamento Ejecutivo incorpore esta temática en la Política de Gobierno

Santa Rosa 15/04/2010
Proyecto de COMUNICACION "APROBADO"

Texto aprobado en el Concejo

El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a los efectos de proponerle, que en la Dirección de Acción Social se incorpore la temática de la Adopción con el fin de cumplir con el precepto de rango Constitucional que “Todo niño tiene derecho a tener una familia”, desarrollando una corriente de opinión favorable a la temática de la Adopción de niños de diferentes edades, informando y asesorando a las parejas que sueñan con formar una familia y formando a los distintos actores sociales para que se conviertan en promotores de este tema en sus ámbitos laborales.-

Fundamentos de la iniciativa:
La presente iniciativa tiene como finalidad crear en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal una Oficina Municipal de Adopción encargada de informar, asesorar y acompañar a las personas o parejas que deseen Adoptar.

Son los integrantes de los gobiernos municipales quienes más cerca están de los ciudadanos, y por ende, quienes mejor conocen sus problemas y necesidades, debido a ello, la sociedad actual exige un mayor compromiso de las políticas municipales para con temas sociales que los aquejan.

Esto último deviene de la sociedad moderna, necesitada de un Estado comprometido, que enfrente las nuevas problemáticas dadas en el seno familiar mediante la creación de áreas dedicadas a la Adolescencia, la Familia en general, la Mujer, etc.
Pero un solo paso no alcanza para avanzar sobre la problemática; meras elocuciones o acciones tenues en pos de mejorar situaciones sociales transitorias no marcarán el paso a seguir, debemos crear una oficina encargada de la problemática para que estos temas queden en la agenda política de las sucesivas gestiones municipales.
La “ADOPCION DE NIÑOS” es un nuevo paradigma de la sociedad actual y pone a los pretensos adoptantes ante procesos de adopción lentos y burocráticos que sólo los desalienta. La espera supera con facilidad los 5 años y durante ese tiempo la pareja se encuentra sola, sin asistencia ni contención de parte de las Instituciones que a veces hacen voluntarismo y terminan perjudicándolos.
El espacio que se pretende crear, brindaría un servicio social orientado a la satisfacción de las necesidades, prestando una contención directa, dirigido a personas o colectivos sociales que requieren respuestas inmediatas para enfrentar el advenimiento de una crisis o situación especial.
La Municipalidad de Santa Rosa debe promover la sensibilización, la destrucción de mitos y el perfeccionamiento en la comunicación de la información sobre el valioso contenido de los temas vinculados a la Adopción, desde el aspecto jurídico hasta la inestimable experiencia en el campo afectivo.
El espacio Municipal de Adopción a crearse debe -por un lado- intentar contener a las personas o parejas con deseos de adoptar; y por otro lado acompañarlas, informarlas y asesorarlas sobre los pasos a cumplimentar en los organismos gubernamentales creados para regular la institución jurídica de la Adopción
El objetivo comprendería la instrucción, información y sensibilización de los vecinos sobre la realidad social y jurídica que implica la adopción de un hijo, obviamente, con actividades realizadas por otras instituciones de la Sociedad Civil y/o del Gobierno.
La ciudad de Santa Rosa debe comprometerse con el futuro de sus niños y nadie mejor que su Municipio para propender a que gocen del calor fraternal de una familia aquellos que ya no pueden convivir con sus padres biológicos.-
El Municipio podrá por intermedio de esta oficina cumplir con la Convención Internacional de los Derechos del Niño -de rango Constitucional en nuestro país- ya que promocionará los derechos del niño y dentro del proceso adoptivo a los de las parejas que desean formar una familia, partiendo del concepto que todo niño tiene derecho a tener una familia.
El autor es el Concejal Leadnro Altoalguirre y fue acompañado por sus pares de bancada Sara Alonso, Cristina Requejo, Alicia Iribarren y Marcos Cuelle

Niños en guarda del Estado cuidando chivas durante largas horas a la vera de la ruta y caminos vecinales.

Con fecha del 5 de abril se le presento al Dr. Carola, Fiscal General de Investigaciones Administrativas el siguiente informe y pedido de información en el marco del Expte. Nº 102/09 “MINORIDAD S/DENUNCIA". Este informe se elaboro con aportes de vecinos y con la visita que realice junto al Dr. Pablo Pera Ibarguren a la localidad de Toay.
INFORMA SOLICITA.

Señor Fiscal General
Dr. Juan Carlos Carola:

Ing. Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, concejal de la ciudad de Santa Rosa y presidente de la Asociación Alihuen, en cuyos objetivos estatutarios se indican "Difundir, promover y proteger los derechos humanos en general, y en particular los derechos de los niños, reconocidos en la Constitución Nacional, Tratados Internacionales y leyes nacionales y/o provinciales", con domicilio real en Hilario Lagos Nº 520 de esta ciudad, constituyendo domicilio en el precedentemente indicado, en los autos caratulados “MINORIDAD S/DENUNCIA, Expte. Nº 102/09 a Ud. respetuosamente digo:

I.- Que se me ha informado acerca de la situación que están padeciendo dos menores que se encuentran albergados en un hogar de contención de la localidad de XXXXXXXXX y que estarían relacionadas con los puntos a), b), d), del acápite IV de la denuncia oportunamente formulada ante vuestra Fiscalía. Estos menores son diariamente observados cuidando chivas durante largas horas a la vera de la ruta y caminos vecinales de la localidad. Los menores en cuestión concurren a la Escuela XXX de la Localidad de Toay, habiéndose realizado informes desde el establecimiento, especialmente en relación a la falta de higiene con que asisten al establecimiento y otras situaciones pedagógicas. Asimismo se me ha informado que también se ha intervenido desde la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Toay en relación a la problemática de estos menores que se encuentran bajo la tutela de Estado Provincial.

II.- Por lo expuesto solicito que en virtud de las facultades que le otorga la ley 1830 requiera informes al Ministerio de Bienestar Social, la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Toay y a la Escuela xxx de la misma localidad.Proveer de conformidad,

SERÁ JUSTICIA

Ing. Leandro Martín Altolaguirre
Concejal Municipal
Presidente de Alihuen.

Puntos a), b), d), del acápite IV de la denuncia oportunamente formulada ante vuestra Fiscalía:
a) Ausencia de control efectivo sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos para desarrollarse como familias de contención o sustitutas a las familias aspirantes.
b) Ausencia de controles o seguimiento adecuado del estado psiquico-físico de los niños derivados a hogares sustitutos y/o de contención.
d) Situaciones de hacinamiento.

Denuncia ante el Fiscal General de Investigaciones Administrativas: http://leandro-altolaguirre.blogspot.com/2009/11/leandro-altolaguirre-denuncio-ante-el.html

xxx: En este documento se tacharon datos para mantener la privacidad de estos niños.

Requerimiento al Consejo Profesional de Asistentes Sociales de La Pampa sobre el tratamiento que se le debería brindar a los menores en riesgo

Bandera Argentina pintada sobre el rostro de un niño. - © Duncan Walker / Istockphoto

Sra. Presidente del Consejo Directivo del
Consejo Profesional de Asistentes Sociales de La Pampa
Gloria Luoni de Pérez Sampallo
S_________ /_________D:

Dirijo a Ud. la presente en mi carácter de concejal de la Ciudad de Santa Rosa y miembro de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario del Concejo Deliberante y Presidente de la Asociación Alihuen, a los efectos de requerirle, tenga a bien, comunicar por este medio cuál es el correcto tratamiento y/o accionar completo que debería realizar una asistente social para determinar si una familia está en condiciones de ser “familia sustituta y/o de contención” en el ámbito de la aplicación de la Ley 1270, Régimen de Protección a La Minoridad y Creación del Fuero de La Familia y El Menor en El Poder Judicial, Decreto Reglamentario Nº370/95 de la Policía Tutelar del Menor.-


La actual modalidad implementada por el Ministerio de Bienestar Social al momento de elegir y controlar las “Familias Sustitutas y/o de Contención” tiene serias falencias que intentamos paliar desde propuestas legislativas superadoras que debemos entre todos elaborar y nadie mejor que el Consejo a su cargo para emitir una opinión calificada en lo que respecta a la intervención que se les da a los matriculados (visitas, entrevistas, seguimiento, evaluación , etc.).


Por otro lado, conociendo que en octubre del año 2009 mantuvieron una reunión con el actual responsable de ese Ministerio de Bienestar Social, le solicito comunique los avances alcanzados en los tres ejes que se trataron (Supervisión, Capacitación y formación de una Comisión Mixta).


A efectos de decepcionar la información solicitada, constituyo domicilio en calle Hilario Lagos Nº 520 de esta ciudad de Santa Rosa y me pongo a su disposición en el Celular número 02954-15669627.-Sin otro particular saludo a Ud. atentamente.

Mas información AQUI
_______________________________


Asociación ALIHUEN, Objetivo social: … Art. 2º, e) difundir, promover y proteger los derechos humanos en general, y en particular los derechos de los niños, niñas y adolescentes reconocidos en la Constitución Nacional, Tratados Internacionales y Leyes Nacionales y/o Provinciales;


Ing. Leandro Martín Altolaguirre
Concejal Municipal
Presidente de Alihuen.