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VIDEOVIGILANCIA: Altolaguirre apoya a Torroba

El concejal del FrePam Leandro Altolaguirre salió a reafirmar ayer que apoyará la decisión que tome el intendente Francisco Torroba respecto al proyecto para colocar cámaras de videovigilancia en la ciudad. La iniciativa es impulsada por el Gobierno Provincial. “Hablar de las cámaras de videovigilancia es algo irrelevante. Estamos trabajando para que Santa Rosa sea confortable para todos. Acompañaré las decisiones que tome el Departamento Ejecutivo Municipal en esta materia e impulsaré el funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad”, indicó ayer el edil radical. (Publicado en EL DIARIO)



Contenido completo

ESTANCIA LA MALVINA RESERVA NATURAL URBANA. PARQUE RECREATIVO DON TOMAS

Santa Rosa, junio de 2009

Proyecto de ORDENANZA (Comisión de Ambiente)


Artículo 1º: A los fines de la presente Ordenanza entiéndase por Reserva Natural Urbana a los espacios silvestres donde predomina la naturaleza originaria del lugar, de propiedad estatal o privada, ubicadas cerca o dentro de ciudad, donde se favorezca la educación ambiental de la población, la investigación, la protección de muestras interesantes del pasado del hombre, la formación de líderes ambientales, la conservación de la biodiversidad, la participación pública en temas concernientes al cuidado y protección de ambientes así como también de las especies que en ellos habitan.

Artículo 2º: Declárase área de Reserva Natural Urbana al predio municipal denominado Estancia "La Malvina", localizado dentro del Parque recreativo "Don Tomas" cuya nomenclatura catastral es Ejido 047, Circunscripción IV, Chacra 8, Parcela 1, Referencia 31.943. (Se anexa croquis y mapa)

Artículo 3º: Dentro del área considerada Reserva Natural Urbana se podrán realizar actividades de recreación pasiva tales como la observación y contemplación de la naturaleza, recreación, esparcimiento, estudios biológicos no invasivos, educación de los niños y demás visitantes y todas aquellas actividades que tengan como finalidad la protección y / o la conservación y el uso ambientalmente sustentable de sus componentes e interrelaciones, la diversidad biológica, los recursos naturales bióticos y abióticos y el patrimonio cultural que posee el área.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo administrará y elaborará el plan de manejo de la Estancia "La Malvina" (Actividades educativas, recreativas y de investigación, circulación vehícular, peatonal, sitios de descanso, miradores, sanitarios, iluminación, localización de actividades de recreación pasiva, cartelería...).

Artículo 5º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a convenir con Instituciones Gubernamentales y no Gubernamentales medidas y convenios tendientes a la concreción de los objetivos explicitados en el artículo 1º de la presente Ordenanza.

Artículo 6º: Queda terminantemente prohibido en el predio Estancia "La Malvina", usos y actividades incompatibles con las disposiciones de esta Ordenanza.

Artículo 7º: De forma.

Firman el proyecto los Concejales Leandro Altolaguirre y Sara Alonso



Fundamentos:

Dentro del Código Urbanístico, el predio perteneciente al casco de la Estancia "La Malvina" se encuentra formando parte del Distrito E6b y actualmente dicha área no posee una figura que sea concordante con los preceptos de conservación.

La Estancia "La Malvina", antiguo hogar del fundador de la ciudad, Don Tomás Mason constituye un importante patrimonio histórico, cultural y biológico para los santarroseños, debido a que fue una de las primeras construcciones de la capital pampeana, además de haber albergado a la familia del fundador, Don Tomás Mason. El nombre de «La Malvina», se debe precisamente, al de la hija de Tomás Mason, casada en la década de 1880 con el Coronel Remigio Gil.

Esta es un área rica en biodiversidad, tanto faunística como florística, por lo tanto se pretende promover su conservación y la integridad de dicho ecosistema; en donde los vecinos y turistas interesados tengan como valor supremo el respeto por esta integridad.

Su conservación contribuirá a la disminución de actividades ilegales y depredadoras en el predio del casco. Con referencia a ello, varios estudios científicos confirman que la acción depredadora del hombre ha llevado a la reducción y extinción de gran cantidad de especies y destrucción del ambiente, por lo tanto debería ser obligación de la comuna procurar su preservación.

Teniendo como fundamento lo expresado anteriormente, se pretende que esta zona tome la figura de Reserva Natural Urbana, en donde prime la conservación de este hábitat y se tienda a minimizar la degradación ambiental.

Las Reservas Naturales Urbanas son consideradas a nivel mundial como áreas de importancia, tanto para las personas como para la naturaleza. En los países desarrollados son muy apreciadas por la sociedad, reciben un gran número de visitantes cada año y son adecuadamente preservadas. Estas Reservas se crean a los efectos de conservar los remanentes de la naturaleza original de las ciudades donde se encuentran insertas y sus objetivos van desde el esparcimiento y la recreación para los humanos, hasta el resguardo de muestras de ecosistemas similares a los originales de la región, con fines educativos y conservacionistas.

Para ello se plantea que dentro de esta área se desarrolle la recreación pasiva, que es la más coherente a los fines conservacionistas. Ésta es una forma distinta de interactuar con el espacio; es un conjunto de acciones y medidas dirigidas a la preservación del ambiente y a la educación de los visitantes. Para ello solo se requieren equipamientos mínimos de muy bajo impacto ambiental, tales como senderos peatonales, miradores paisajísticos, observatorios de avifauna y mobiliario propio de las actividades contemplativas y educativas. Aquí la interpretación ambiental reemplaza las excursiones o visitas que pueden tener efectos nocivos para el ambiente.

La creación de una Reserva Natural Urbana en el predio del casco Estancia "La Malvina" contaría con las siguientes ventajas:

Facilitaría un contacto directo entre los habitantes de la ciudad con su naturaleza.Contribuiría con la educación de los niños y demás visitantes que estarán en contacto con la flora y fauna autóctona y dentro de su ciudad, basándose en el lema que no se puede "cuidar y querer lo que no se conoce".Se aportarían importantes ventajas desde el punto de vista recreativo y turístico.Desde el punto de vista científico, se contaría con un lugar para la realización de estudios biológicos no invasivos, vinculados a la fauna (como el avistamiento de avifauna, el comportamiento animal, etc.) y a la flora (como composición y evolución de la flora, etc.). Entre otras.

En resumen, las Reservas Naturales Urbanas resultan ser sitios ideales para observar aves y demás fauna, contemplar la flora, escapar a los ruidos de la ciudad, respirar aire puro, recreación y esparcimiento, entre muchos otros beneficios que sirven para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la ciudad. Por supuesto que las Reservas Naturales no se conservan por sí solas o con la simple acción del Estado sino que además se requiere del compromiso y de la acción de la comunidad para que quede así garantizada su perpetuidad.

A modo de ejemplo, la provincia de Buenos Aires cuenta con la Ley 12.704, la cual define a las Reservas Naturales Urbanas como "los espacios silvestres donde predomina la naturaleza originaria del lugar, de propiedad estatal o privada, ubicadas cerca o dentro de ciudades o pueblos, preferentemente a distancias menores a 30 kilómetros, donde se favorezca la educación ambiental de la población, la investigación, la protección de muestras interesantes del pasado del hombre, la formación de líderes ambientales, la conservación de la biodiversidad, la participación pública en temas concernientes al cuidado y protección de ambientes así como también de las especies que en ellos habitan". La Ley 12.704 tiene por finalidad "la protección y / o la conservación y el uso ambientalmente sustentable de sus componentes e interrelaciones, la diversidad biológica, los recursos naturales bióticos y abióticos y el patrimonio cultural que posee el área".

PAUL ANGUZAR

Santa Rosa, 26 de Junio de 2009

Proyecto de ORDENANZA (Comisión de Administrativa y Reglamentación)

Articulo 1°: Impónese el nombre de "Paúl Anguzar", el espacio verde ubicado en la intersección de las calles Gral. F. Mosconi y E. Schmidt cuya nomenclatura catastral es: Ejido 047, Circ I, Radio ñ - Manzana 61 parcelas 7 y 8).
Articulo 2°: De forma.-
Firman el proyecto los Concejales Leandro Altolaguirre, Sara Alonso y Gastón Massari.



FUNDAMENTOS
Paúl Anguzar era un conocido fotógrafo, padre de familia, y destacado vecino de la Ciudad de Santa Rosa.
Es de público conocimiento los hechos sucedidos en Junio de 2006, en los que su vida fue arrebatada por dos disparos efectuados por un menor de edad.
También es de público conocimiento el impacto que causó en amplios sectores de la comunidad, evidenciado en numerosas marchas organizadas con el objetivo de pedir justicia.
En honor a su memoria, familiares, amigos y vecinos reunieron numerosas firmas para designar con su nombre el espacio verde ubicada en las calles Mosconi y Schmidt, en el barrio Villa Navarro Sarmiento y Villa Amalia, en el que él residía.
Y el mencionado espacio verde, aún se encuentra sin nombre
Mas información sobre Paúl Anguzar http://paulanguzar.blogspot.com/

SUPERCAR REGION PAMPEANA, APCP PROMOCIONAL y FORMULA RENAULT PAMPEANA

Santa Rosa, 25 de junio de 2009

Proyecto de RESOLUCIÓN (APROBADO)

Articulo 1°: Declarase de interés municipal las actividades deportivas que se desarrollaran en el Autodromo Parque Ciudad de Santa Rosa los días 2, 3, 4 y 5 de julio, donde competirán las categoría de automovilismo Supercar Región Pampeana, APCP Promocional y Formula Renault Pampeana.

Articulo 2° De forma.

Firma el proyecto el Concejal Leandro Altolaguirre



Fundamentos:

Santa Rosa será una vez más escenario del automovilismo regional (Supercar Región Pampeana, APCP Promocional y Formula Renault Pampeana) los días 2, 3, 4 y 5 de julio en el Autodromo Parque Ciudad de Santa Rosa. Este acontecimiento en la actualidad demanda un gran esfuerzo económico de los equipos y pilotos que compiten, pero más allá de ello la actividad llena de alegría y satisfacción a los amantes de los fierros. Esta actividad deportiva-recreativa contribuye al movimiento económico de la ciudad, incrementando sensiblemente la visita de turistas que hacen uso de distintos servicio públicos y privados.

HORACIO RAUL LECHNER: FRAUDE A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Santa Rosa, junio 2009

Proyecto de COMUNICACION (APROBADO)

1º. Solicítase al Secretario de Hacienda remita al Honorable Concejo Deliberante la resolución y/o cualquier otro acto administrativo donde cuenten los fundamentos que pudieron motivar la contratación del Sr. Horacio Raúl Lechner como asesor en materia de normativas referentes a tasas de baldíos y derechos de construcción durante la gestión del intendente Néstor Alcala.
2º. Solicítase al Secretario de Hacienda remita, en caso de existir, al Honorable Concejo Deliberante copia del informe presentado por el Sr. Horacio Raúl Lechner con motivo del expediente P-41851/2006.
3º. Solicítase al Secretario de Obras y Servicios Públicos que inspeccione las obras realizadas por el Sr. Horacio Raúl Lechner en la ciudad de Santa Rosa.
Firman el proyecto los Concejales Leandro Altolaguirre y Sara Alonso



Fundamento:

Reiterando los argumentos del proyecto presentado el 16 de abril de 2007 donde mencionamos que por Expediente P Nº 041851 incorporado a la Rendición de Cuentas del día 26 de octubre de 2006, correspondiente a la Cuenta Nº 17259/8, la Secretaría de Hacienda y Abastecimiento del Municipio durante la gestión del intendente Néstor Alcala, contrató al Sr. Raúl Horacio Lechner a los efectos de brindar a dicha dependencia asesoramiento en el análisis de normativas vinculadas a tasa de baldíos y derechos de construcción.
Que dicha contratación se efectuó por el monto máximo autorizado para la contratación directa, imputado el gasto a la partida 1840, Servicios No Personales.
Que de acuerdo a notas periodísticas publicadas en el Diario La Nueva Provincia, el Sr. Raúl Horacio Lechner (ex Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Puán) se encontraba procesado por la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de Bahía Blanca por tres casos de malversación de caudales públicos, un caso de malversación de caudales con falsificación de instrumento público, un caso de defraudación en perjuicio de la administración pública y la conformación de una asociación ilícita.
Que según el mismo informativo, dicho procesamiento se dio en el marco de investigaciones por corrupción que involucran a Ricardo Larrondo (ex Intendente de Puán) y a muchos de los ex integrantes de su gabinete, así como a proveedores de la comuna, a raíz de la detección de supuestas irregularidades en las cuentas comunales durante los años 1997 a 1999. que el 2 de junio de 2000 fue efectuada la denuncia correspondiente por el jefe comunal puanense Horacio López junto a Concejales de la Unión Cívica Radical.
Que de inmediato se dio intervención a la UFI Nº 2 a cargo de los doctores Eduardo d’Empaire y Guillermo Petersen, y al Juzgado de Garantías Nº 2, cuya titular es la doctora María Pía Fava de Solana, todos de la ciudad de Bahía Blanca.
Que la fuente periodística mencionada informa que en distintos grados de participación se les imputan posibles delitos a siete funcionarios que se presentaron en la UFI Nº 2 de Bahía Blanca, siendo la ex tesorera municipal, contadora Graciela María Trabucco; la ex secretaria de Gobierno y Hacienda, Soraya Juri; el ex contador municipal José Toribio Hernández; el ex intendente de Puán Ricardo Daniel Larrondo; la ex jefa de Control y Gestión de ese distrito Virginia Otero; y el ex secretario puanense de Obras y Servicios Públicos Horacio Raúl Lechner.
Que de acuerdo al mismo matutino, los fiscales pudieron determinar que al menos cuatro licitaciones por el asfaltado de calles en Puán durante la gestión de Ricardo Larrondo, se habrían adulterado o confeccionado con posterioridad a la realización de las obras correspondientes, con el objetivo de justificar graves irregularidades en el pago de los trabajos. Tras cotejar documentos secuestrados con los dichos de los imputados, a juicio de los fiscales habría surgido que la documentación respaldatoria de algunos de estos procesos licitatorios –por obras de asfaltado de calles- se confeccionó con posterioridad a la adjudicación de los trabajos. En otros casos –siempre según el análisis de fiscalía- se licitó, adjudicó y pagó por la pavimentación de calles que ya habían sido asfaltadas años atrás por la comuna. También se detectó que se habían abonado más metros cuadrados de pavimento que los que realmente se construyeron. Los fiscales aún no han podido determinar cuál es el tipo de vínculo que unía a los empresarios constructores con Ricardo Larrondo y algunos de los más altos integrantes de su gabinete, a tal punto de impedir que cualquiera de los funcionarios involucrados evitara el pago de obras inexistentes, ya realizadas años antes o cuyo proceso licitatorio había estado absolutamente viciado de irregularidades.
Que en la actualidad este mismo profesional fue denunciado por fiscal de Investigaciones Administrativas de la Provincia, Carlos Carola por IRREGULARIDADES EN LA CONSTRUCCION DEL POLIDEPORTIVO DE ATALIVA ROCA que se desplomó a principio de año cuando un fuerte viento cruzó la localidad. En esta oportunidad se lo acusa de fraude a la administración pública y falsedad ideológica de instrumento público.

"PROGRAMA SOCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS"

Santa Rosa, 11 de junio de 2009

Proyecto de COMUNICACION (APROBADO)

Nos dirigimos al Departamento Ejecutivo con el objeto de solicitarle vea la posibilidad de elaborar e implementar un "PROGRAMA SOCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS". El mismo tendría por finalidad contener a sectores vulnerables de nuestra población a partir de la generación de obras y servicios públicos de alta demanda de mano obra. El Departamento Ejecutivo será el encargado de coordinar las obras y el financiamiento de las mismas, entre otras fuentes provendrá del Fondo Federal Solidario -Decreto Nacional Nº 206/09 adherido por Ordenanza nº 3898/09. Estas obras y servicios de Interés General y Utilidad Pública como iluminación de calles y espacios públicos, construcción de veredas, limpieza de baldíos, red agua potable, mantenimiento de espacios públicos, forestación y pavimentación con Mano de Obra Intensiva estarían destinadas a reforzar el entramado social del barrio y brindar mas seguridad y confianza a los vecinos. Firman el proyecto los Concejales Leandro Altolaguirre, Sara Alonso y Marcos Cuelle.



Fundamento:

Los momentos que nos tocan atravesar son difíciles para todos en el mundo.
La ciudad de Santa Rosa necesita de todos y entre todos podemos salir a delante.
No podemos crecer como comunidad si se profundiza la discriminación, la marginación y la pobreza.
En un trabajo reciente elaborado por la Asociación Alihuen, en el cual se ha consultado a 750 vecinos de nuestra ciudad, los resultados arrojaron que las principales demandas de obras y servicios al municipio son: iluminación de calles y espacios públicos, construcción de veredas, limpieza de baldíos, agua potable, mantenimiento de espacios públicos, forestación y pavimentación. A esto hay que sumarle el constante reclamo por seguridad y trabajo.
Que en épocas de crisis es necesario redoblar los esfuerzos por garantizar los lazos familiares.
Que la mejor forma de incluir a los sectores más vulnerables es creando nuevas oportunidades y expectativas en sus vidas, especialmente a través de la obtención de un trabajo.
Que está la predisposición del gobierno provincial a financiar programas sociales en nuestra ciudad. Esto queda demostrado con la intervención constante que esta realizando en la ciudad de Santa Rosa.
Que Santa Rosa cuenta con el Consejo Consultivo de Políticas Sociales cuya finalidad es la elaboración de recomendaciones para mejorar las políticas sociales a partir del debate sobre la situación social y económica de cada barrio.
Que existen programas y fuentes de financiamientos nacionales e internacionales (ejemplo el Fondo Federal Solidario de la Soja).
Que es justo y razonable que el vecino frentista abone las obras y servicios con un adecuado plan de financiamiento a medida de sus posibilidades.
Viendo estos elementos y conociendo de la capacidad del Municipio para llevar adelante obras y servicios de estas características.